El Economista marzo-abril 2025

44 • El Economista www.eleconomista.net Marzo - Abril 2025 Expertos piden reformas a nueva Ley de Competencia ante incongruencias Expertos recomiendan reformas puntuales en nueva Ley de Competencia, cuyos hallazgos impedirían constitución de la autoridad en el tiempo establecido. P OR : ENRIQUE CANAHUI • GUATEMALA La Ley de Competencia (LdC) aprobada el año pasado entró en vigencia en enero en lo referente a las disposiciones generales, elección de la Superintendencia de Competencia; las instituciones de abogacía de la Competencia; derogatorias de varias leyes y disposiciones transitorias y finales. Pero los especialistas han detectado una serie de inconsistencias en su cuerpo, que va desde el nombramiento de los integrantes, hasta el tiempo de los cargos. “El cumplimiento efectivo de la Ley, dependerá en gran medida de la calidad y capacidad de las autoridades designadas. Un proceso de selección técnica y transparente será fundamental para garantizar un mercado competitivo que impulse el crecimiento económico del país”, dijo Cristian Mayorga, director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Guatemala (CCG). Ana Ponce de Ibargüen, especialista en competencia económica y fundadora del Centro de Estudios para la Competencia (CEC), también señala una serie de inconsistencias. Por ejemplo, “el presidente de la República en Consejo de ministros, el pleno del Congreso y la Junta Monetaria, son las tres entidades nominadoras. Tienen que tener electos a más tardar el 23 de junio, a un director titular y un suplente por cada una de esas tres entidades; pues de acuerdo con la LdC el Directorio de la Superintendencia se va a conformar por tres titulares y tres suplentes”, explica la ponente; pero, en el artículo 47, señala que para que sean validadas las deliberaciones del Directorio, se requiere un quorum de cinco miembros, aunque la ley sólo se cuenta con tres directores titulares. De igual manera se ilustraron otros hallazgos; es por eso que se recomiendan las reformas para poder elegir a la Superintendencia de Competencia con total certeza; empezar a conformar su estructura administrativa y capacitación interna y evitar cualquier litigio o algún tipo de acción de inconstitucionalidad. De acuerdo con César Sigüenza, socio fundador de Sigüensa & Carrascosa y director del Área Legal de Fundación 2020, el Congreso puede corregir errores puntuales a las leyes en una sola sesión, sin tanta gestión burocrática que aletargue dicha finalidad. En el futuro, se puede modificar la Ley en otros temas que requieren corrección, aunque de momento lo más urgente es poder nombrar a las autoridades para ejecutar el mandato de la LdC deben contar con un periodo para establecerse, organizarse y capacitar a las entidades vinculadas para su labor. De acuerdo con la normativa, el 8 de diciembre 2026, entra en vigor todo lo relacionado con la investigación a los agentes económicos con prácticas anticompetitivas absolutas, relativas y la regulación de controles, gestiones y adquisiciones. Eso significa que todo este año y el otro hasta antes de la fecha referida, si los agentes económicos incurren en algún tipo de esas prácticas, absolutas o relativas, no se considera anticompetitivo bajo el rigor de la LdC, por ende, no pueden investigarlos ni sancionarlos hasta entonces, subraya Ponce de Ibargüen. • M AC RO LEGISLACIÓN Y MERCADO •Foro sobre la Ley organizado por la Cámara de Comercio de Guatemala. EL ECONOMISTA/CORTESÍA “Si no se corrige ese tema, no pueden elegir al Superintendente…” ANA PONCE DE IBARGÜEN, Fundadora del Centro de Estudios para la Competencia (CEC) “Un proceso de selección técnica y transparente será fundamental para garantizar un me rcado competitivo.” CRISTIAN MAYORGA, Director Ejecutivo de la CCG

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